Micelio

Artículo 20

De La Prima De Servicios

Decreto 182 de 1987 · por el cual se estable el sistema de nomenclatura y clasificación de empleos del Departamento Nacional de Planeación, se fijan las escalas de remuneración correspondientes a dichos empleos y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DE LA PRIMA DE SERVICIOS. El primer inciso del artículo 48 del Decreto 1046 de 1978, modificado por el artículo 20 del Decreto 1515 de ese mismo año, quedará así: "Cuando el funcionario no haya trabajado el año completo en el Departamento Nacional de Planeación, tendrá derecho al pago proporcional de la prima, a razón de una doceava parte por cada mes completo de labor".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 182 de 1987