Los contratos que celebren los Establecimientos Públicos Nacionales que afecten el Presupuesto, requieren para su validez, la constitución de reservas presupuestales por parte del Jefe responsable de la contabilidad presupuestal, refrendadas por el Auditor Fiscal respectivo.
Decreto 2809 de 1974 →Vigente
Artículo 12
Los Contratos Que Celebren Los Establecimientos Públicos Nacionales Que Afecten El Presupuesto, Requieren Para Su Validez, La Constitución De Reservas Presupuestales Por Parte Del Jefe Responsable De La Contabilidad Presupuestal, Refrendadas Por El Auditor Fiscal Respectivo
Decreto 2809 de 1974 · Sobre liquidación del Presupuesto de Ingresos y Gastos de los Establecimientos Públicos Nacionales para el año fiscal de 1975
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.