Micelio

Artículo 2

Ley 143 de 1959 · Por la cual se dan unas autorizaciones al Instituto de Crédito Territorial para la adjudicación de los apartamientos del Centro Antonio Nariño, de la ciudad de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El plazo para la cancelación total de la deuda que contraiga cada adjudicatario podrá ser hasta de veinte (20) anos. En estas adjudicaciones el instituto de crédito territorial otorgara prestamos hasta por el ciento por ciento (100%) valor del apartamiento adjudicado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 143 de 1959