El Ministerio de Minas y Energía calificará los documentos e informes a que se refieren los artículos 49, 50 y 51 de este Decreto declarando si llenan o no los requisitos señalados. En el segundo caso, fijará un término para que el interesado subsane las deficiencias que se anoten. Si el Ministerio lo juzgare necesario comprobará sobre el terreno la exactitud de los datos contenidos en tales documentos e informes y los gastos que se ocasionen serán por cuenta del interesado.
Decreto 2477 de 1986 →Vigente
Artículo 52
El Ministerio De Minas Y Energía Calificará Los Documentos E Informes A Que Se Refieren Los Artículos 49, 50 Y 51 De Este Decreto Declarando Si Llenan O No Los Requisitos Señalados
Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.