Micelio

Artículo 47

Sede Alterna

Ley 768 de 2002 · por la cual se adopta el Régimen Político, Administrativo y Fiscal de los Distritos Portuario e Industrial de Barranquilla, Turístico y Cultural de Cartagena de Indias y Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Distrito Turístico y Cultural de Cartagena deIndias cumplirá el papel de sede alterna de la Presidencia de la República y del Ministerio de Relaciones Exteriores, exclusivamente para los efectos protocolarios y para la recepción de delegaciones e invitados especiales del exterior.

Para los fines previstos en esta norma, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá en estrecha coordinación con las entidades y autoridades distritales encargadas de tales asuntos, las cuales tendrán el deber de brindar a aquellas toda la cooperación a su alcance.

Parágrafo

El Ministerio de Relaciones Exteriores en asocio con las autoridades, instituciones de educación superior, gremios, asociaciones y sindicatos de los distritos, organizará y pondrá en funcionamiento un centro de estudios internacionales para el área del Caribe, cuya sede principal será la ciudad de Cartagena.Sin embargo, algunos de sus programas podrán desarrollarse en la ciudad de Santa Marta donde podrán funcionar también algunas de sus dependencias.

Disposiciones especiales aplicables exclusivamente al Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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