Artículo primero. Destínase la cantidad de veinte (20) hectáreas de los terrenos de propiedad del Gobierno y pertenecientes a la Estación Pecuaria de Montería para los trabajos de experimentación que adelantará de común acuerdo con el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Instituto de Fomento Algodonero y la Fundación Rockefeller.
El Ministerio de Agricultura nombrará la comisión que practique la escogencia de dicho lote para ponerlo a disposición de las citadas instituciones. Comuníquese y publíquese.