Micelio

Artículo 5

Esta Ley Rige A Partir De Su Promulgación

Ley 5 de 1984 · Por la cual el Congreso de la República de Colombia se une a la celebración de los 25 años de la Asociación Colombiana de Facultades de Medicina, Ascofame

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En desarrollo de esta Ley, el Ministerio de Educación Nacional, el Ministerio de Salud y el ICFES podrán celebrar contratos o convenios con Ascofame, para que ésta adelante estudios, investigaciones y asesorías en el campo de la salud, con sujeción a las normas legales.

Artículo 6°. Esta Ley rige a partir de su promulgación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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