Micelio

Artículo 15

Contenido Del Régimen De Previsión Y Seguridad Social

Decreto 468 de 1990 · por el cual se reglamentan las normas correspondientes a las cooperativas de trabajo asociado contenidas en la Ley 79 de 1988 y se dictan otras disposiciones sobre el trabajo cooperativo asociado.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido del régimen de previsión y seguridad social. El régimen de previsión y seguridad social deberá contener los diferentes servicios de protección que la cooperativa, directamente o a través de otras entidades de previsión o seguridad social prestará a sus asociados, de acuerdo con las capacidades económicas de la cooperativa y sus miembros, procurando cubrir los diversos riesgos que puedan presentarse o las necesidades presentes o futuras de bienestar social que tengan los asociados. Igualmente, este régimen consagrará las contribuciones económicas que para tales amparos y servicios pueda exigírsele a los trabajadores asociados, su forma de pago y la constitución de fondos especiales cuando los servicios se presten directamente por la cooperativa, caso en el cual y tratándose de protecciones futuras inciertas deberán efectuarse los estudios técnicos y actuariales que garanticen en el tiempo el cumplimiento de los amparos acordados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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