Micelio

Artículo 3

El Consejo Nacional Siderúrgico Estará Integrado Por: A) El Ministro De Desarrollo Económico O Su Delegado, Quien Lo Presidirá: B) El Ministro De Minas Y Energía O Su Delegado; C) El Jefe Del Departamento Nacional De Planeación O Su Delegado; D) Un Delegado De La Presidencia De La República; E) El Director Del Instituto Colombiano De Comercio Exterior, Incomex, O Su Delegado: F) El Gerente Del Instituto De Fomento Industrial, Ifi, O Su Delegado; G) El Presidente De La Federación Colombiana De Industrias Metalúrgicas, Fedemetal

Decreto 2047 de 1978 · Por el cual se crea el Consejo Nacional de Siderúrgico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El consejo Nacional Siderúrgico estará integrado por

a)

El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado, quien lo presidirá:

b)

El Ministro de Minas y Energía o su delegado;

c)

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado;

d)

Un delegado de la Presidencia de la República;

e)

El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, o su delegado:

f)

El Gerente del Instituto de Fomento Industrial, IFI, o su delegado;

g)

El Presidente de la Federación Colombiana de Industrias Metalúrgicas, FEDEMETAL. o su delegado:

h)

El Presidente de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI, o su delegado:

i)

Un representante de Acerías Paz del Río, y

j)

Dos representantes de las demás empresas siderúrgicas establecidas en el país. Los representantes a que se refieren los literales i) y j) serán designados por el Presidente de la República de ternas enviadas por las respectivas empresas siderúrgicas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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