°. El consejo Nacional Siderúrgico estará integrado por
El Ministro de Desarrollo Económico o su delegado, quien lo presidirá:
El Ministro de Minas y Energía o su delegado;
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación o su delegado;
Un delegado de la Presidencia de la República;
El Director del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex, o su delegado:
El Gerente del Instituto de Fomento Industrial, IFI, o su delegado;
El Presidente de la Federación Colombiana de Industrias Metalúrgicas, FEDEMETAL. o su delegado:
El Presidente de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI, o su delegado:
Un representante de Acerías Paz del Río, y
Dos representantes de las demás empresas siderúrgicas establecidas en el país. Los representantes a que se refieren los literales i) y j) serán designados por el Presidente de la República de ternas enviadas por las respectivas empresas siderúrgicas.