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Artículo 43

La Universidad, De Conformidad Con Las Disposiciones Del Decreto 3118 De 1968, Deberá Liquidar Y Entrega Al Fondo Nacional De Ahorro Las Cesantías De Sus Empleados

Decreto 1931 de 1979 · Por el cual se aprueban los estatutos de la Universidad Pedagógica Nacional de Bogotá

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Universidad, de conformidad con las disposiciones del Decreto 3118 de 1968, deberá liquidar y entrega al Fondo Nacional de Ahorro las cesantías de sus empleados.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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