Micelio

Artículo 2

A Partir Del 1º De Agosto Del Corriente Año, Crease La Oficina Postal Y Telegráfica De Cartago (Nariño) Con El Siguiente Personal Y Asignaciones: Cartago (Nariño)

Decreto 1709 de 1944 · Por el cual se suprime una Oficina Postal y Telegráfica, se cre otra y se hace un nombramiento

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. A partir del 1º de agosto del corriente año, crease la Oficina Postal y Telegráfica de Cartago (Nariño) con el siguiente personal y asignaciones: Cartago (Nariño). Telegrafista Administrador, con sueldo mensual de $ 60 00 y nómbrase para desempeñarla a Waldina Montana.

Parágrafo

El gastó que demande el cumplimiento del presente Decreto, se .imputará al capítulo 77 artículo 1428 de las apropiaciones vigentes. Comuníquese y publíquese

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1709 de 1944