Por el hecho de no remitir las relaciones dentro del término expresado, incurrirán los responsables en una multa de $5 a $10 oro, que impondrá el Jefe de la Sección de Contabilidad del respectivo Ministerio, con la firma del Ministro. En caso de reincidencia se destituirá al empleado responsable.
Decreto 91 de 1911 →Vigente
Artículo 17
Por El Hecho De No Remitir Las Relaciones Dentro Del Término Expresado, Incurrirán Los Responsables En Una Multa De $5 A $10 Oro, Que Impondrá El Jefe De La Sección De Contabilidad Del Respectivo Ministerio, Con La Firma Del Ministro
Decreto 91 de 1911 · Que reglamenta los Acuerdos de contabilidad y establece algunas formalidades en el reconocimiento, la ordenación y el pago de los gastos nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.