Derogado
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.° Ordénase la prolongación de la carretera de que trata el Artículo anterior, por un lado, hasta el puerto de Gamarra, sobre el rio Magdalena, pasando por el Corregimiento de Los Ángeles y el Municipio de Aguachica, con un ramal que ponga en comunicación el puerto de Loma de Corredor con la vía principal, y por el otro lado, desde Ocaña hasta la ciudad de San José de Cúcuta.