Micelio

Artículo 2

Ley 20 de 1915 · Que modifica la Ley 47 de 1914

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Derogado

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 2.° Ordénase la prolongación de la carretera de que trata el Artículo anterior, por un lado, hasta el puerto de Gamarra, sobre el rio Magdalena, pasando por el Corregimiento de Los Ángeles y el Municipio de Aguachica, con un ramal que ponga en comunicación el puerto de Loma de Corredor con la vía principal, y por el otro lado, desde Ocaña hasta la ciudad de San José de Cúcuta.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1915