Una vez expedida la licencia del piloto práctico, la capitanía de puerto registrará tal hecho en el libro de control de pilotos prácticos. El control de maniobras de practicaje efectuadas, se hará con base al formato que expide la Autoridad Marítima Nacional, el cual debe ser entregado en la Capitanía de Puerto dentro de las veinticuatro (24) horas hábiles siguientes a la terminación de la maniobra y estar firmado por el Capitán de la nave.
En el Libro de Control de Pilotos se registrará además la siguiente información:
Datos personales del piloto práctico como son:
Nombres y apellidos;
Documento de identificación;
Dirección de residencia y teléfono.
Datos de la licencia como son:
Número de la licencia;
Categoría;
Fecha de expedición y fecha de vencimiento.
Empresa para la que trabaja.
Registro de todas las maniobras certificadas realizadas por el piloto práctico, incluyendo el entrenamiento de practicaje, consignando la siguiente información:
Datos del buque:
Nombre;
Bandera;
Tonelaje;
Fecha y hora de la maniobra;
Novedades.