Micelio

Artículo 2

Deróganse El Decreto Número 1696 De 1951, E Artículo 4º Del Decreto Número 481 De 1952 Y Todas Las Resoluciones Dictadas Por Los Ministerios De Fomento Y Minas Y Petróleos En Desarrollo De Los Mencionados Decretos, Con Excepción De La Resolución Número 054 De 1954, Y De Los Artículos 2º Y 3º De La Resolución Número 389 De 1953, De Los Ministerios De Fomento Y Minas Y Petróleos, Que Continúan Vigentes

Decreto 1494 de 1955 · Por el cual se elimina el control de precios para algunos derivados del petróleo

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Deróganse el Decreto número 1696 de 1951, e artículo 4º del Decreto número 481 de 1952 y todas las resoluciones dictadas por los Ministerios de fomento y Minas y Petróleos en desarrollo de los mencionados decretos, con excepción de la resolución número 054 de 1954, y de los artículos 2º y 3º de la resolución número 389 de 1953, de los Ministerios de fomento y Minas y Petróleos, que continúan vigentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1494 de 1955