º. El 16 de febrero de 1953 se suspenderá la preparación de la nueva cédula de ciudadanía, de que trata el artículo 6º del Decreto número 2830 de 1952, pero durante los diez días siguientes la Registraduria Nacional del Estado Civil elaborará las ya preparadas, decretará las cancelaciones y bajas de la antigua cédula, inscribirá la nueva en los senos y ordenará su entrega al ciudadano. La preparación de la nueva cédula de reanudará el 16 de marzo de 1953.
Decreto 2868 de 1952 →Vigente
Artículo 3
El 16 De Febrero De 1953 Se Suspenderá La Preparación De La Nueva Cédula De Ciudadanía, De Que Trata El Artículo 6º Del Decreto Número 2830 De 1952, Pero Durante Los Diez Días Siguientes La Registraduria Nacional Del Estado Civil Elaborará Las Ya Preparadas, Decretará Las Cancelaciones Y Bajas De La Antigua Cédula, Inscribirá La Nueva En Los Senos Y Ordenará Su Entrega Al Ciudadano
Decreto 2868 de 1952 · Por el cual se reglamenta el Decreto número 2830 de 8 de noviembre de 1952
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.