Micelio

Artículo 13

Decreto 1962 de 1988 · Por el cual se adiciona la estructura administrativa del Departamento Administrativo Nacional de Estadística y se determinan las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DIVISION DE ESTUDIOS ECONOMICOS. Son funciones de la División de Estudios Económicos las siguientes

1.

Programar y dirigir el diseño y desarrollo de la metodología de las investigaciones estadísticas del área económica con base en las necesidades de información que tiene el país.

2.

Colaborar con las demás dependencias en la definición de los proyectos de investigación relacionados con el área económica que deba adelantar el DANE.

3.

Dirigir y controlar los procesos de elaboración y análisis de los indicadores económicos de corto plazo que requiera el país y sean competencia del Departamento.

4.

Dirigir, coordinar y controlar el desarrollo eficiente de las investigaciones que deba adelantar la División.

5.

Conceptuar sobre la calidad estadística de las investigaciones económicas adelantadas por otras entidades.

6.

Orientar la elaboración y análisis de los agregados económicos del país según el sistema de Cuentas Nacionales vigente.

7.

Atender los compromisos de asesoría adquiridos por el DANE con organismos nacionales e internacionales, sobre el manejo del sistema de Cuentas Nacionales.

8.

Presentar al Director de Análisis socio-económico los informes que le sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones.

9.

Las demás que le sean asignadas de acuerdo a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1962 de 1988