Micelio

Artículo 3

Ley 16 de 1907 · Sobre Presupuestos nacionales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Caso de que el Cuerpo Legislativo no se reuniere en tiempo oportuno para dictar los Presupuestos de Rentas y Gastos correspondientes á la próxima vigencia económica y á las subsiguientes, los presentes Presupuestos continuarán rigiendo con las modificaciones consiguientes al producto de las Rentas y á las que en virtud de autorizaciones especiales les introduzca el Poder Ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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