Micelio

Artículo 42

División Policía De Apoyo Y Reacción

Decreto 2203 de 1993 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 42. División Policía de Apoyo y Reacción . Son funciones de la División Policía de Apoyo y Reacción

1.

Planear, dirigir y coordinar las operaciones tendientes a la prevención y represión de las conductas delictivas relacionadas con las organizaciones al margen de la ley existentes en el territorio nacional.

2.

Elaborar y proponer a la Dirección General por intermedio de la Subdirección de Servicios Especializados, la política sobre prevención y represión a las organizaciones delictivas.

3.

Diseñar y proponer los procedimientos operativos y administrativos para combatir y erradicar las organizaciones delictivas a nivel nacional.

4.

Coordinar con las unidades de las fuerzas militares que realicen actividades similares, los planes operativos que se requieran para la lucha contra las organizaciones delictivas.

5.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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