Micelio

Artículo 5

El Artículo 3° Del Decreto Número 4490 De 2006 Quedará Así: El Premio Colombiano A La Innovación Empresarial Para Las Mipymes Consistirá En Un Programa Integral De Apoyo A Las Empresas Innovadoras Colombianas, Y A Las Empresas Extranjeras Que Concursen Y Estén En El Marco De Un Convenio De Cooperación Tecnológica Internacional, Suscrito Por El Ministerio De Comercio, Industria Y Turismo Y/O Demás Entidades U Organismos De La Rama Ejecutiva Del Poder Público Del Orden Nacional, En El Que Se Aborde Este Tema Con Carácter Recíproco

Decreto 1448 de 2014 · por el cual se modifican los Decretos números 1780 de 2003 y 4490 de 2006

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El artículo 3° del Decreto número 4490 de 2006 quedará así: El Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes consistirá en un programa integral de apoyo a las empresas innovadoras colombianas, y a las empresas extranjeras que concursen y estén en el marco de un convenio de cooperación tecnológica internacional, suscrito por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y/o demás entidades u organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, en el que se aborde este tema con carácter recíproco. El premio comprende los siguientes beneficios para las ganadoras

1.

Condecoración.

2.

Reconocimiento público a través de medios de comunicación. Las empresas podrán utilizar esta distinción, con indicación del año en que fue otorgado el premio.

3.

Apoyo para recibir asistencia técnica nacional y/o internacional, encaminada a fortalecer su gestión estratégica, operativa, tecnológica, comercial o técnica, que facilite su inserción exitosa y posicionamiento en los mercados nacionales e internacionales.

4.

Apoyo para capacitación especializada, buscando con ello el fortalecimiento de las capacidades competitivas y en general del talento humano de las empresas.

5.

Apoyo para recibir asistencia en lo referente a la gestión de la propiedad intelectual, encaminada a proteger los activos resultantes de la innovación.

6.

Apoyo para la realización de proyectos estratégicos comerciales y/o de gestión empresarial y/o tecnológica, que contribuyan a un mayor posicionamiento del producto o servicio en los mercados nacionales y/o internacionales.

Parágrafo 1

Los beneficios serán los enumerados en este artículo en especie y en ningún caso se entregará dinero en efectivo.

Parágrafo 2

Los recursos necesarios para la ejecución anual del Premio Colombiano a la Innovación Empresarial para las Mipymes serán tramitados, mediante la presentación del proyecto respectivo ante el Banco de Proyectos de Inversión Nacional por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Dirección de Mipymes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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