Micelio

Artículo 32

El Gobierno Nacional Abrirá Los Créditos, Y Hará Los Demás Traslados Necesarios En El Presupuesto De La Vigencia En Curso, A Fin De Dar Cumplimiento A Las Disposiciones Del Presente Decreto

Decreto 890 de 1960 · Por el cual se reorganizan las dependencias de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional abrirá los créditos, y hará los demás traslados necesarios en el Presupuesto de la vigencia en curso, a fin de dar cumplimiento a las disposiciones del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 890 de 1960