Micelio

Artículo 11

Ley 64 de 1918 · Por la cual se fomenta la exportación y se reforma la 117 de 1913 y la 59 de 1917, sobre régimen de las Aduanas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Derogado

Los importadores de artículos que pasen libres por las Aduanas darán al Gobierno de no caución al Gobierno de o aplicar dichos artículos a objeto distinto de aquel por el cual se exonera del derecho. Si en alguna forma se comprobare uso distinto se exigirá a más de la caución el doble del impuesto de aduana que corresponda al mismo artículo aplicado con diverso objeto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 64 de 1918