Micelio

Artículo 4

Modifíquese El Artículo 6° Del Decreto 1900 De 2013, El Cual Quedará Así: "artículo 6

Decreto 76 de 2022 · Por medio del cual se modifica la estructura de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modifíquese el artículo 6° del Decreto 1900 de 2013, el cual quedará así: "Artículo 6. Oficina Asesora de Informática. Son funciones de la Oficina Asesora de Informática, las siguientes

1.

Formular y ejecutar el Plan Estratégico de Tecnología de la Información y el Plan de Transformación Digital de la entidad, de acuerdo con lo establecido en el plan estratégico institucional.

2.

Proponer y administrar el Modelo de Arquitectura Empresarial de la entidad en concordancia con el Plan Estratégico de Tecnología de la Información, el Modelo Integrado de Planeación y Gestión y demás normativa aplicable.

3.

Proponer y gestionar las políticas de administración de recursos tecnológicos y planes de ciberseguridad que garanticen el funcionamiento de la plataforma tecnológica de la entidad.

4.

Diseñar e implementar los sistemas de información y asegurar su adecuado funcionamiento e interoperabilidad de acuerdo con las operaciones de la entidad.

5.

Verificar el cumplimiento de las normas legales sobre el uso de software, recibir y custodiar las licencias de propiedad de la entidad y mantener actualizada la suscripción de servicios de tecnología.

6.

Administrar la plataforma tecnológica y disponer los servicios de mantenimiento, suministro y desarrollo de software, aplicaciones, soporte técnico e infraestructura.

7.

Las demás que se le asignen o le correspondan por su naturaleza."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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