Micelio

Artículo 4

De Conformidad Con El Artículo 10 Del Decreto 439 De 1995, El Programa De Nivelación De Salarios Será Efectuado Por Cada Entidad De Salud De Orden Territorial, Teniendo En Cuenta La Disponibilidad De Recursos Del Situado Fiscal, La Venta De Servicios Y Las Demás Rentas Del Sector En Los Diferentes Departamentos Y Municipios

Decreto 980 de 1998 · por medio del cual se actualizan las asignaciones básicas máximas mensuales establecidas para 1998 en el Decreto 439 de 1995 para los empleados públicos del orden territorial del sector salud.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. De conformidad con el artículo 10 del Decreto 439 de 1995, el Programa de Nivelación de Salarios será efectuado por cada entidad de salud de orden territorial, teniendo en cuenta la disponibilidad de recursos del situado fiscal, la venta de servicios y las demás rentas del sector en los diferentes departamentos y municipios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 980 de 1998