El que por medio de violencias o con amenazas de graves peligros para la persona o los bienes, obligue a otro a entregar suscribir o destruir, con perjuicio propio o de un tercero, un documento cualquiera que tiene efectos jurídicos, incurrirá en al pena de dos a siete años de reclusión.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.