Micelio

Artículo 72

Derecho A La Información

Decreto 354 de 1994 · por el cual se modifica el reglamento de evaluación y clasificación para el personal de la Policía Nacional

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 72. DERECHO A LA INFORMACIÓN. Todo el personal uniformado o no uniformado de la Policía Nacional, tiene derecho a conocer las anotaciones del folio de vida, la evaluación, clasificación anual, eventual, clasificación para ascenso, promoción, cambio de nivel o ingreso al nivel ejecutivo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 354 de 1994