Los vacíos ó inconvenientes que hubiere en la aplicación del procedimiento que se señala por el presente Decreto serán llenados por las disposiciones del Código Judicial.
Decreto 310 de 1898 →Vigente
Artículo 10
Los Vacíos Ó Inconvenientes Que Hubiere En La Aplicación Del Procedimiento Que Se Señala Por El Presente Decreto Serán Llenados Por Las Disposiciones Del Código Judicial
Decreto 310 de 1898 · Por el cual se dictan disposiciones sobre reposición del fraude a la venta de Cigarrillos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.