Administración fiduciaria. Para una mayor eficiencia y economía en la prestación y. pago de servicios, y en la realización de sus operaciones financieras, la Promotora de vacaciones y Recreación Social podrá encomendar al Banco Popular la administración de la totalidad o parte de sus recursos, mediante un contrato de fideicomiso celebrado entre él administrador fiduciario, el Gobierno Nacional y el representante legal de la Empresa. En el contrato de administración fiduciaria se establecerán las normas y condiciones a que debe sujetarse y los derechos y obligaciones de las partes, pero no podrán incluirse cláusulas que limiten o deleguen las funciones señaladas al Consejo Directivo de la entidad en él presente Decreto. En el mismo contrato de administración fiduciaria podrá estipularse que el administrador contrate con otras entidades bancarias la prestación de servicios de la Empresa. CAPITULO IV. Operaciones de crédito. Los préstamos que conceda la Empresa a favor de los trabajadores para contribuir; a Ia financiación de los planes de vacaciones de que se quiera hacer uso estarán representados en "Cupones u ordenes de prestación de servicios" de transporte, alojamiento, alimentación y cualesquiera otros adicionales que deban suministrarse a ellos, de acuerdo al plan escogido para su aprovechamiento. Los créditos a que se refiere el
del artículo 4º de este Decreto se otorgarán en la misma forma señalada en el presente artículo para los préstamos a los trabajadores.