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Artículo 1

Asignaciones Básicas

Decreto 1042 de 2011 · por el cual se fijan las escalas de asignaciones básicas de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Asignaciones Básicas . A partir del 1° de enero de 2011, fíjanse las siguientes escalas de asignaciones básicas mensuales para los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil: GRADO DIRECTIVO ASESOR PROFESIONAL TECNICO ASISTENCIAL 1 2.605.861 3.003.147 1.889.101 1.202.957 964.641 2 2.852.232 3.284.338 2.178.422 1.316.134 1.000.280 3 3.127.563 3.834.809 2.350.414 1.364.354 1.002.236 4 3.748.575 4.047.348 2.432.360 1.436.196 1.010.436 5 4.105.636 2.608.736 1.535.416 1.072.785 6 4.493.208 2.780.608 1.617.016 1.142.645 7 5.485.777 2.913.752 1.736.210 1.201.588 8 6.673.142 3.191.038 1.474.892 9 1.644.857

Parágrafo 1

En las escalas de asignación básica de que trata el presente artículo, la primera columna señala los grados que corresponden a las distintas denominaciones de empleos, la segunda y siguientes determinan las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel.

Parágrafo 2

Las asignaciones básicas mensuales de las escalas señaladas en el presente artículo corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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