ARTICULO 22. PROGRAMA DE SUPRESION DE EMPLEOS. - La supresión de empleos o cargos, en los términos previstos en el artículo anterior, se cumplirá de acuerdo con el programa que adopte el Superintendente, dentro del plazo de tres (3) meses contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto.
Decreto 2150 de 1992 →Vigente
Artículo 22
Programa De Supresion De Empleos
Decreto 2150 de 1992 · por el cual se reestructura la Superintendencia del Subsidio Familiar.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.