Articulo 1º A partir del 1º de junio próximo, suprímese la Recaudación de Hacienda Nacional del Municipio de Altamira (Huila) los archivos y muebles de la oficina serán trasladados al Municipio de Guadalupe (Huila), y entregados bajo inventario al funcionario de la Recaudación que se crea por el artículo siguiente.
Decreto 1314 de 1949 →Vigente
Artículo 1
A Partir Del 1º De Junio Próximo, Suprímese La Recaudación De Hacienda Nacional Del Municipio De Altamira (Huila) Los Archivos Y Muebles De La Oficina Serán Trasladados Al Municipio De Guadalupe (Huila), Y Entregados Bajo Inventario Al Funcionario De La Recaudación Que Se Crea Por El Artículo Siguiente
Decreto 1314 de 1949 · Por el cual se suprime una Recaudación y se crean otras en el ramo de Rentas Nacionales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.