Micelio

Artículo 1

A Partir Del 1° De Mayo, Las Administraciones De Correos Del Archipiélago De San Andrés, Y Providencia Funcionarán Con El Siguiente Personal Y Asignaciones: En San Andrés: Un Administrador De Correos, Con Sueldo Mensual De $ 70

Decreto 670 de 1935 · Por el cual se reorganizan los servicios postal y telegráfico de la Intendencia de San Andrés y Providencia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° A partir del 1° de mayo, las Administraciones de Correos del Archipiélago de San Andrés, y Providencia funcionarán con el siguiente personal y asignaciones: En San Andrés: Un Administrador de Correos, con sueldo mensual de $ 70. Un Cartero, que también prestará servicios en la distribución de mensajes radiotelegráficos, con sueldo mensual de $ 30. En Santa Isabel: Un Administrador de Correos, con sueldo mensual de $ 45.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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