ARTICULO 78 . Comité de Contratación y Presupuesto . El Comité de Contratación y Presupuesto estará integrado por el Secretario General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá, el Director o su delegado, el Subdirector General, el Secretario General, el Jefe de la Oficina de Planeación y el Subsecretario Financiero y Administrativo, quien ejercerá la secretaría y tendrá voz pero no voto. Son funciones del Comité
Estudiar y conceptuar sobre los contratos, de acuerdo con las normas de contratación administrativa de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales;
Autorizar el uso de recursos para el nombramiento de funcionarios supernumerarios;
Rendir concepto previo sobre la distribución de recursos presupuestales, de conformidad con las normas legales;
Aprobar la reglamentación del régimen de contratación; y
Determinar la auditoría externa que ejerza la vigilancia sobre las operaciones de mercadeo de los bienes abandonados, aprehendidos o decomisados.