Micelio

Artículo 1

º Autorízase A Los Señores Ministros De Hacienda Y Crédito Público Y De Salud Para Que Conjunta O Separadamente Gestionen A Nombre Del Gobierno Nacional Empréstitos Externos Hasta Por La Suma De Veinte Millones De Dólares (Us$ 20

Decreto 1998 de 1985 · por el cual se concede una autorización.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Autorízase a los señores Ministros de Hacienda y Crédito Público y de Salud para que conjunta o separadamente gestionen a nombre del Gobierno Nacional empréstitos externos hasta por la suma de veinte millones de dólares (US$ 20.000.000) de los Estados Unidos de América o su equivalente en otras monedas destinados a financiar la Fase II del Plan Nacional del Cáncer, con un plazo mínimo para su total amortización de doce (12) años, incluido un período de gracia mínima de tres (3) años, un interés anual máximo sobre saldos deudores de once punto dos por ciento (11.2%) y demás comisiones y gastos propios de esta clase de operaciones;

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1998 de 1985