° Los empleados, y obreros Intendenciales tendrán derecho a una Prima de Navidad liquida en la forma establecida por el artículo 51 del Decreto 1848 de 1969, reglamentario del Decreto 3135 de 1968. Dicha Prima se liquidará con base tanto en el sueldo como en los gastos de representación que tengan los funcionarios.
Decreto 639 de 1972 →Vigente
Artículo 5
Los Empleados, Y Obreros Intendenciales Tendrán Derecho A Una Prima De Navidad Liquida En La Forma Establecida Por El Artículo 51 Del Decreto 1848 De 1969, Reglamentario Del Decreto 3135 De 1968
Decreto 639 de 1972 · Por el cual se aprueba con modificaciones el Acuerdo número 02 del mismo año, del Consejo Intendencial de Arauca, sobre asignaciones y gastos de representación del personal de la intendencia
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.