Micelio

Artículo 664

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contraventor sorprendido en flagrancia. El contraventor sorprendido en flagrancia será conducido inmediatamente ante el juez quien, reconocida la flagrancia, abrirá el proceso y citará a audiencia para dentro de los cinco días siguientes.

Del mismo modo se convocará a audiencia cuando el acusado confiese ser el autor del hecho.

Estas disposiciones no excluyen la aplicación de las medidas de cautela de que trata el Artículo 688.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1345 de 1970