Micelio

Artículo 3

En Cumplimiento De Lo Dispuesto En La Ley 163 De 1959 Y Su Decreto Reglamentario 264 De 1963, Todas Las Restauraciones, Construcciones, Refacciones, Remodelaciones Y Las Obras De Protección, Defensa Y Conservación Que Deban Efectuarse En Las Instalaciones Del Edificio De La Estación Del Ferrocarril De Chiquinquirá Deberán Ser Aprobadas Por El Consejo De Monumentos Nacionales

Decreto 3053 de 1990 · por el cual se declara Monumento Nacional el edifico de la Estación del Ferrocarril del Municipio de Chiquinquirá.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 163 de 1959 y su Decreto reglamentario 264 de 1963, todas las restauraciones, construcciones, refacciones, remodelaciones y las obras de protección, defensa y conservación que deban efectuarse en las instalaciones del edificio de la Estación del Ferrocarril de Chiquinquirá deberán ser aprobadas por el Consejo de Monumentos Nacionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3053 de 1990