De la División de Extranjería. Corresponde a la División de Extranjería desarrollar las siguientes funciones
Controlar la entrada, permanencia y salida de extranjeros y vigilar el cumplimiento de las normas legales sobre la materia.
Dirigir el desarrollo de los objetivos que deban agotar las reparticiones del Departamento en el territorio nacional, en asuntos de inmigración.
Autorizar los cambios de profesión y de domicilio y registrar los cambios en el estado civil y demás novedades de los extranjeros.
Efectuar la reseña e identificación de los extranjeros en el país.
Expedir las Cédula de Extranjería, certificados judiciales, y demás documentos que requieran los extranjeros para permanecer en el país o salir de él.
Estudiar las solicitudes de residencia indefinida de extranjeros y expedir las correspondientes cédulas.
Dictar las providencias correspondientes para la expulsión, deportación, sanciones y multas por contravención a los decretos 804 de 1936 y 1205 de 1940 y demás disposiciones legales sobre extranjeros y vigilar su ejecución.
Ejecutar las ordenes de captura de extraditados, cuando así lo solicite la autoridad competente y proceder a su inmediata entrega a las autoridades extranjeras que lo requieran.
Dictar las resoluciones de multa a las empresas de transporte o turismo que infrinjan las normas establecidas sobre la materia.
Velar por el cumplimiento de los registros, allanamientos y capturas de extranjeros ordenadas por autoridad competentes en todo el territorio nacional, de acuerdo con las normas establecidas en el Código de Procedimiento Penal.
Auxiliar a las autoridades de la República en la captura de los delincuentes extranjeros, dentro del territorio nacional.
Adelantar de oficio o a solicitud de autoridad competente la investigación en caso de actividades dudosas, delincuencia comprobada o contravención de las disposiciones legales vigentes, por parte de extranjeros que se encuentren en Colombia, u organizaciones delictivas internacionales, en coordinación con las demás Divisiones de la Institución, cuando fuere necesario. ll) Coordinar el servicio de inmigración en las diferentes oficinas regionales del país.
Dirigir la acción de la Organización Internacional de Policía criminal (INTERPOL) en todo el territorio nacional.
Coordinar con el Ministerio de relaciones Exteriores los asuntos importantes sobre inmigración. ñ) ñ) Hacer cumplir las disposiciones judiciales o administrativas que impidan la salida de colombianos fuera del territorio nacional.
Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales para la salida de colombianos fuera del territorio nacional y su regreso al país.
Presentar a la Dirección central de Inteligencia los programas, evaluaciones y métodos de coordinación, a nivel nacional sobre actividades relacionadas con su especialidad.