Micelio

Artículo 9

Autorización De Importación De Medicamentos Vitales No Disponibles Para Uso Exclusivo En Casos De Urgencia Clínica

Decreto 481 de 2004 · por el cual se dictan normas tendientes a incentivar la oferta de medicamentos vitales no disponibles en el país.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Autorización de importación de medicamentos vitales no disponibles para uso exclusivo en casos de urgencia clínica . En el caso de medicamentos vitales no disponibles de uso exclusivo en urgencia clínica, se podrá autorizar la importación de cantidades no comerciales sin la documentación referida al paciente, en cuyo evento bastará la sustentación médica correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 481 de 2004