Micelio

Artículo 7

Decreto 2904 de 1994 · por el cual se reglamentan los artículos 53 y 54 de la Ley 30 de 1992

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Consejo Nacional de Acreditación, una vez analizados los documentos de auto evaluación y evaluación externa y, oída la institución, realizará la evaluación y procederá si fuere el caso a reconocer la calidad del programa o de la institución, o a formular las recomendaciones que juzgue pertinentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2904 de 1994