º . El Rector de la Institución, con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas de la entidad, podrá crear y organizar mediante resolución, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo, determinando las tareas que deberán cumplir con las consiguientes responsabilidades, fijarles su dependencia y denominación, teniendo en cuenta la estructura interna, designar el coordinador de cada uno de ellos y expedir las demás normas necesarias para su funcionamiento.
Decreto 1348 de 1999 →Vigente
Artículo 4
Decreto 1348 de 1999 · por el cual se establece la Planta de Personal Administrativo del Instituto Tolimense de Formación Técnica Profesional "ITFIP" y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.