Micelio

Artículo 2.2.8.15.2

Objetivo De Los Sistemas De Video Vigilancia O Medios Tecnológicos

Decreto 1070 de 2015 · por el cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Objetivo de los sistemas de video vigilancia o medios tecnológicos. Los sistemas de video vigilancia y los medios tecnológicos tienen como objetivo procurar el control de espacios territoriales definidos, para garantizar las categorías jurídicas de seguridad, tranquilidad, ambiente y salud pública; así como disuadir, prevenir y contrarrestar los comportamientos contrarios a la convivencia, facilitando obtención de pruebas para el proceso único de policía.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1070 de 2015