Micelio

Artículo 58

Para La Aplicación De Las Sanciones De Amonestación Verbal, Amonestación Escrita, Multa Y Suspensión Menor De Diez Días, No Se Requiere Concepto Previo De La Comisión De Personal

Decreto 1549 de 1971 · Por al cual se aprueba la Resolución número 192 de 1971 sobre estatuto de Personal Administrativo, originaria de la Rectoría de la Universidad Nacional de Colombia

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Para la aplicación de las sanciones de amonestación verbal, amonestación escrita, multa y suspensión menor de diez días, no se requiere concepto previo de la Comisión de Personal. El Jefe de la Unidad de Personal oirá las explicaciones del inculpado y pasará un informe a quien deba imponer la sanción, dentro un plazo no mayor de cinco días contados a partir de la fecha del aviso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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