Micelio

Artículo 2

Son Funciones De Los Consejos De Fomento Y Difusión Cooperativos Las Siguientes: A) Organizar Cursos Periódicos De Información Y Entrenamiento De Dirigentes Cooperativos; B) Desarrollar Programas De Educación Y Difusión Cooperativas, Especialmente En Los Centros De Producción Agrícola; C) Elaborar Estudios Socio-Económicos Sobre Problemas De Producción Y Consumo En Las Diferentes Regiones Del Departamento; D) Fomentar La Creación De Cooperativas Tipos, De Acuerdo Con Las Necesidades Económicas Y Sociales De Cada Región; E) Las Demás Que Les Asigne La Superintendencia Nacional De Cooperativas

Decreto 2060 de 1955 · Por el cual se crean Consejos Seccionales de Difusión cooperativa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son funciones de los Consejos de Fomento y Difusión Cooperativos las siguientes

a)

Organizar cursos periódicos de información y entrenamiento de dirigentes cooperativos;

b)

Desarrollar programas de educación y difusión cooperativas, especialmente en los centros de producción agrícola;

c)

Elaborar estudios socio-económicos sobre problemas de producción y consumo en las diferentes regiones del Departamento;

d)

Fomentar la creación de Cooperativas tipos, de acuerdo con las necesidades económicas y sociales de cada región;

e)

Las demás que les asigne la Superintendencia Nacional de Cooperativas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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