Artículo tercero. Facúltase al Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá para celebrar el contrato respectivo, que sólo requerirá para su plena validez, el otorgamiento de la escritura pública correspondiente.
Decreto 1556 de 1956 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1556 de 1956 · Por el cual se desafecta del uso público una zona de terreno, se autoriza su permuta y se concede una facultad
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.