Micelio

Artículo 39

Las Empresas Extranjeras En Los Sectores A Que Se Refiere El Presente Capítulo No Estarán Obligadas A Sujetarse En Lo Dispuesto En El Capitulo Anterior Sobre Transformación De Empresas Extranjeras En Empresas Nacionales O Mixtas

Decreto 1299 de 1971 · Por el cual se pone en vigencia el Régimen Común de Tratamiento a los Capitales Extranjeros y sobre Marcas, Patentes, Licencias y Regalías del Acuerdo de Cartagena

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las empresas extranjeras en los sectores a que se refiere el presente capítulo no estarán obligadas a sujetarse en lo dispuesto en el capitulo anterior sobre transformación de empresas extranjeras en empresas nacionales o mixtas. Sin embargo estarán sometidas a las demás disposiciones del régimen común y a las especiales que se detalla en los artículos 40 a 43 inclusive.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1299 de 1971