Micelio

Artículo 1

Ley 129 de 1936 · por la cual se destina una partida para auxiliar a los damnificados pobres en los incendios de Girardot y otra para ayudar a la compra de un equipo de bomberos para la misma ciudad

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Aprópianse las partidas de veinte mil pesos ($ 20.000), para auxiliar los damnificados pobres en los incendios ocurridos en Girardot el 28 de abril y el 8 de junio del corriente año, y hasta de treinta mil pesos ($ 30.000), como contribución de la Nación para la compra de un equipo de Bomberos, con destino a la misma ciudad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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