Asistencia médica en retiro. Los Agentes de la Policía Nacional en goce de asignación de retiro o pensión, tendrá derecho a que el Gobierno les suministre dentro del país asistencia médica, quirúrgica, odontológica, servicios hospitalarios y farmacéuticos, para ellos, sus esposas e hijos legítimos no emancipados, en hospitales y clínicas de la Policía o por medio de contratos de tales servicios con personas naturales o jurídicas.
El Gobierno establecerá tarifas variables mínimas para la prestación de servicios asistenciales a los beneficiarios de los Agentes de la Policía Nacional.