Micelio

Artículo 1

Ley 13 de 1942 · Por la cual se ordena la construcción de dos centrales hidroeléctricas en el Departamento del Tolima y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional, en cooperación con el Departamento del Tolima, con los Municipios tolimenses y con las personas naturales o jurídicas que deseen tomar parte, procederá a construir en el Norte del Departamento una central hidroeléctrica, aprovechando para esto las caídas de agua que aconseje la técnica.

Parágrafo

En cuanto fuere posible, se aprovechara la acequia que parte el punto de El Cedral, sobre el rio Guali, en jurisdicción del municipio de Herveo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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