Micelio

Artículo 10

Administración Conjunta De Fondos Destinados A La Financiación Educativa

Decreto 2792 de 2009 · por el cual se reglamenta el artículo 6° de la Ley 1002 de 2005 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Administración conjunta de Fondos destinados a la financiación educativa. Cuando así lo prevean las instrucciones recibidas en los respectivos mandatos, tanto para efectos de su inversión temporal como en relación con la financiación de estudiantes, el Icetex podrá administrar en forma conjunta los recursos confiados por varios mandantes. Igualmente, el Icetex podrá administrar conjuntamente con los Fondos de esta clase de mandatos los recursos fiscales que le sean girados de conformidad con lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 30 de 1992.

Parágrafo

En cada mandato de administración de Fondos destinados a la financiación educativa se estipulará libremente la remuneración a favor del Icetex y su forma de pago.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2792 de 2009